viernes, 28 de octubre de 2016

La corrupción es un mal que destruye y lesiona la actividad de un buen Gobierno que permita el desarrollo y progreso de un país, en aspectos económicos como culturales.


La corrupción "es inherente al ser humano"...

El historiador granadino Alfredo Alvar en una de sus obras 'El Duque de Lerma' habla de aspectos de la política y relaciona que «La corrupción es inherente al ser humano»  Todos los seres humanos tenemos debilidades. y podríamos decir que en unos se desarrollan ciertos antivalores más que en otros, siendo el caso por ejemplo de la avaricia, el soborno. Pero, de todas maneras existe la conciencia de que esto es malo que no está correcto y además en cada país existen normas que castigan estas malas como un delito.


¿QUE PODEMOS HACER PARA TERMINAR CON ESTE MAL?

Entonces lo importante es trabajar por erradicar de nuestras vidas este tipo de conductas que afectan el beneficio general y para esto se requiere mucha fuerza de voluntad y prevención por parte de las instituciones correspondientes, ya que cada día se nos presentan tentaciones y oportunidades  de ser deshonestos, esto se puede manifestar de maneras tan simples como por ejemplo tramitar un documento ilegalmente hasta cerrar un contrato multimillonario, todo con intereses individuales.


 Y para conseguir ser persona de un correcto actuar, es necesario desarrollar tres elementos básicos: represión, prevención y educación con apoyo público. Estos elementos, coordinados estrechamente, son el arma contra la corrupción. Pues se requiere de la voluntad de cada uno de nosotros en querer hacer parte del cambio, ya que como lo expone el Coordinador general de asuntos públicos de Mexico, Dr. AGUSTIN HERRERA PEREZ, por más de que las autoridades de cada país hayan reprimido las conductas antisociales con el castigo, ya que la corrupción está tipificada por el derecho penal como delito, los resultados no han sido los esperados, por tal razón surge la idea de prevención como elemento fundamental para impedir su realización y evitar llegar a la aplicación de la pena,


PRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN.

La corrupción ha tomado tanta importancia para el correcto funcionamiento de un Estado, que ha llevado a que los países miembros de organizaciones internacionales como la OEA, suscriban acuerdos como la Convención Interamericana contra la Corrupción.

Esta Convención aprobada por la Ley 412 de 1997, es un ejemplo mundial como herramienta jurídica en la lucha contra la corrupción, ya que desde su proceso de aprobación, demostró que era una buena iniciativa a nivel latinoamericano para consolidar una fuerza normativa que fortalezca esta disputa.

Entre los principales objetivos de este instrumento, están:

“La preservación del régimen de gobierno democrático, es una regla en la región, con lo que la lucha contra la corrupción adquiere un primer plano dentro de las políticas públicas de los Estados signatarios. Evitar los desvíos de la economía producidos por prácticas corruptas que se utilizan para falsear la libre y sana competencia económica, por ejemplo, la adquisición en licitaciones públicas no de los mejores productos o servicios, sino de aquellos incentivados mediante sobornos. Tener menos corrupción y una profesionalización más clara de la gestión pública y por último se busca que los actos generalizados de corrupción no se conviertan en una costumbre en detrimento de la moral social y dar la idea que la corrupción sea algo natural.”

Como medidas preventivas ante la corrupción, en los Estados signatarios de este Convenio, están:

El Art. III en lo referente a la contratación pública, dispone la creación de sistemas para la contratación de funcionarios públicos y para la adquisición de bienes y servicios por el Estado cumpliendo con principios como la publicidad, equidad y eficiencia:

“Art. III. Medidas preventivas. A los fines expuestos en el Artículo II de esta Convención, los Estados Partes convienen en considerar la aplicabilidad de medidas, dentro de sus propios sistemas institucionales, destinadas a crear, mantener y fortalecer:

1.    Normas de conducta para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas. Estas normas deberán estar orientadas a prevenir conflictos de intereses y asegurar la preservación y el uso adecuado de los recursos asignados a los funcionarios públicos en el desempeño de sus funciones.
2.    Establecerán también las medidas y sistemas que exijan a los funcionarios públicos informar a las autoridades competentes sobre los actos de corrupción en la función pública de los que tengan conocimiento. Tales medidas ayudarán a preservar la confianza en la integridad de los funcionarios públicos y en la gestión pública.
3.     Mecanismos para hacer efectivo el cumplimiento de dichas normas de conducta.
4.    Instrucciones al personal de las entidades públicas, que aseguren la adecuada comprensión de sus responsabilidades y las normas éticas que rigen sus actividades.
5.    Sistemas para la declaración de los ingresos, activos y pasivos por parte de las personas que desempeñan funciones públicas en los cargos que establezca la ley y para la publicación de tales declaraciones cuando corresponda.

BRITO RUIZ, Fernando. Régimen disciplinario: aspectos constitucionales y legales. Procuraduría General de la Nación. Bogotá, 2003
CEPEDA ULLOA, Fernando. Financiación política y corrupción.
ROJAS AMANDI, Víctor. “Los Tratados Internacionales Sobre Corrupción”. En: MÉNDEZ SILVA, Ricardo (Coordinador), Lo Que Todos Sabemos Sobre la Corrupción y Algo Más.




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